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Carta de Organizaciones feministas para denunciar y exigir una modificación urgente respecto a la CNAE-2025

El pasado 26 de agosto se registró en el Ministerio de Igualdad y en el Ministerio de Economía la carta suscrita por 227 organizaciones feministas de toda España, en la que exigimos que no se legitime el sistema prostitucional.

En la carta advertimos de los riesgos de consolidar normas que abran la puerta a la mercantilización del cuerpo de las mujeres y reclamamos que las políticas públicas se orienten a la abolición de la prostitución, a la protección de las mujeres en situación de prostitución y al cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de igualdad y lucha contra la violencia machista.

En nombre de las organizaciones feministas que suscribimos la presente carta, nos dirigimos a ustedes para denunciar y exigir una modificación urgente respecto a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), aprobada mediante el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, y publicada en el Boletín Oficial del Estado.

El citado Real Decreto aprueba la nueva clasificación con el objetivo de proporcionar un marco homogéneo de referencia para estadísticas y registros administrativos en España alineado con la normativa europea NACE. A su vez, el informe técnico elaborado por el INE desarrolla en detalle los epígrafes y actividades incluidas en esta nueva clasificación.

En dicho documento, en la página 550, apartado G6.GG “Otros servicios personales n.c.o.p.”, se incorpora como actividad la prestación o concertación de servicios sexuales.

Reconocer una actividad en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) supone otorgarle legitimidad institucional como actividad económica, al incorporarla al marco oficial que utilizan la Administración y los registros públicos (incluida la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y las estadísticas nacionales).

Su inclusión implica que se concibe como un sector susceptible de ser medido estadísticamente, regulado, fiscalizado y, en última instancia, normalizado como parte de la estructura productiva de nuestro país.

En consecuencia, al reconocer la prostitución y su “concertación” dentro del CNAE, el Estado estaría validando como actividad económica una forma de violencia contra las mujeres, otorgando un respaldo normativo y administrativo a un sistema prostitucional que debe ser perseguido y abolido.

Consideramos este hecho de extrema gravedad por varias razones:

  1. Abre la puerta a la regulación de la prostitución como si se tratara de una actividad económica más, lo que normaliza y legitima la explotación sexual de mujeres y niñas.
  2. El concepto de “concertación de servicios sexuales” incluye de manera explícita al proxenetismo, es decir, reconoce y clasifica como actividad económica una de las formas más brutales de violencia contra las mujeres, especialmente de las mujeres en situación de vulnerabilidad, siendo, además, en el ordenamiento jurídico de nuestro país una actividad ilegal. De esta forma lo expresa el artículo 187.1 del Código Penal, al tipificar y penando expresamente con prisión a <<El que, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, determine a una persona mayor de edad a ejercer o a mantenerse en la prostitución>> así como <<a quien se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma>>.
  3. Esta incorporación supone una contradicción flagrante con los compromisos del Gobierno de España en materia de igualdad y contra la violencia contra las mujeres, así como con el principio abolicionista del sistema prostitucional, al que se ha comprometido públicamente con la agenda feminista.

La Seguridad Social ha indicado que el nuevo CNAE-2025 será operativo a partir del 1 de enero de 2026, lo que significa que aún estamos a tiempo de evitar este error histórico que atenta contra los derechos humanos de las mujeres y niñas y normaliza la violencia sexual y la explotación.

Por todo ello, exigimos:

La modificación inmediata del epígrafe G6.GG, de modo que se elimine cualquier referencia a la prostitución, así como a la prestación o concertación de servicios sexuales, evitando así la legitimación o normalización de una práctica contraria a los derechos de las mujeres.
La puesta en marcha urgente de medidas y políticas públicas abolicionistas, orientadas a garantizar alternativas reales y efectivas para las mujeres en situación de prostitución, incluyendo recursos económicos, laborales, sociales y de vivienda que hagan posible su salida del sistema prostitucional.
La aprobación de una Ley Orgánica Abolicionista del sistema prostitucional, plenamente alineada con el Convenio de Estambul, las recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres y las propias resoluciones del Parlamento Europeo —en particular la Resolución P9_TA(2023)0328, de 14 de septiembre de 2023, y la Resolución de 26 de febrero de 2014 sobre explotación sexual y prostitución y su impacto en la igualdad de género (2013/2103 (INI))—, que establecen claramente la prostitución como una forma de violencia y desigualdad estructural contra las mujeres y las niñas e instan a los estados miembros a implementar una legislación abolicionista de la misma en sus ordenamientos jurídicos.
    No se puede considerar la prostitución como una actividad económica. La prostitución no es un trabajo: es violencia, desigualdad y explotación sexual contra las mujeres.

    El Gobierno por la función pública que ostenta, tiene la obligación de proteger a las mujeres y las niñas y no de legitimar el sistema prostitucional bajo un código estadístico. Y, es más, tiene el deber de ser coherente con los valores y principios feministas y de izquierdas que dice defender y por los cuales la ciudadanía les ha otorgado su confianza.

    Instamos al Ministerio de Economía y el Ministerio de Igualdad a que actúen de manera inmediata para corregir esta grave vulneración de los derechos de las mujeres y las niñas.

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